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Primera Clase se compromete a impulsar la ley 679 aprobada el 3 de agosto de 2001, cuyo objetivo es el establecimiento de normas para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución. En este sentido, es nuestro deber informar a todos nuestros usuarios y clientes el Artículo 17 de la ley 679/2001:
La explotacion y abuso sexual de menores de edad son sancionados penal y administrativamente en Colombia.
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